Resumen del Artículo Disposición adicional primera

Artículo Disposición adicional primera del Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. (codigo) — Disposición adicional primera. Cuerpos y escalas. En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley se crearán los cuerpos y escalas a los que hace mención el artículo 39.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera

Disposición adicional primera. Cuerpos y escalas.

En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley se crearán los cuerpos y escalas a los que hace mención el artículo 39.

Norma publicada: 8 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional primera

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Forma parte del articulado del Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional primera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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